TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en usode sus atri- buciones, sanciona el siguiente: D E C R E T O Nº 14/87.- ------------------------------ ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 23º del Reglamento Interno, el que quedará con el ----------------- siguiente texto:---------------------------------------------------------- "ARTICULO 23.- Las comisiones permanentes en el Concejo, mientras dure la actual ------------------- constitución de bloques, se compondrán de seis (6) miembros cada una y tendrán las siguientes denominaciones: 1 - Legislación, Interpretación y Reglamento 2 - Presupuesto y Hacienda 3 - Planeamiento, Obras y Servicios Públicos 4 - Moralidad, Culto, Asistencia Social, Instrucción y Salud Pública 5 - Asuntos Agrarios e Industria El presidente de la comisión respectiva, en caso de empate tendrá doble voto.-"---------- ARTICULO 2.- Suprímese el texto actual del artículo 29º, el que quedará redactado de ----------------- la siguiente forma; "ARTICULO 29.- Corresponde a la comisión d e Moralidad, Culto, Asistencia Social, ------------------- Instrucción y Salud Pública, dictaminar sobre todo asunto vinculado con la higiene y salud pública, hospitales, asilos, sanatorios y salas de primeros auxilios; limpieza e higiene de la ciudad, mercado, mataderos, frigoríficos y todo tipo de estableci- miento comercial o residencia privada. Dictaminará sobre todo asunto vinculado a bibliote- cas, espectáculos teatrales y cinematográficos, música, escuelas, universidades, museos, fiestas, homenajes públicos y publicaciones.-"--------------------------------------------- ARTICULO 3.- Suprímese el texto actual del artículo 30º, el que quedará redactado de la ----------------- siguiente forma: "ARTICULO 30.- Corresponde a la comisión de Asuntos Agrarios e Industria, dictaminar ------------------- sobre todo asunto relacionado a conservación de suelos, forestación, canteras, marcas y señales, sanidad agropecuaria, desarrollo agro industrial, caza y pesca, fomento, divulgación, enseñanza y explotación de la riqueza agropecuaria del Partido y to- do recurso natural que sea de competencia municipal".------------------------------------ ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------------ ----------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos ochenta y siete. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------- DECRETO Nº 14/87.- ------------------------